La Sentencia establece que la resolución anulada agrava el deber de localización habitual de los deportistas y la transforma en una obligación de localización permanente, más restrictiva que la prevista en el Real Decreto 641/2009 de 17 abril de 2009, que obligaba a facilitar el domicilio habitual y a facilitar la localización temporal sólo en caso de ausencias de más de tres días.
La Audiencia Nacional considera que la resolución no tiene soporte legal al basarse en el Real Decreto de 18 de septiembre de 2009, que fue anulado por el Tribunal Supremo el pasado mes de octubre.